Buenas tardes estimados lectores, para mí es un placer saludarlos en una entrada más de este blog, penúltima entrada para ser exacto. En esta ocasión se tocarán nuevamente dos temas los cuales se tienden a confundir y dar por un hecho de que tienen un mismo significado (como sucedió en la entrada anterior con la victimización secundaria y la revictimización). Estos temas son la victimización terciaria y la victimización carcelaria, dos temas los cuales para ir en un orden correcto analizaremos por separado y ya después conociendo sus generalidades podremos comentar y ver cuál es ese tipo de confusión que se da entre ambos términos.
Primeramente, hablaremos de lo que es la victimización terciaria, este tipo de victimización es producto de la victimización primaria y la victimización secundaria y la cual en lo personal me parece bastante lamentable que se dé ya que esta trata básicamente de lo que queda después de un proceso judicial en donde la víctima termina bastante afectada y tras de eso esta puede llegar a ser por así decirlo criticada por la sociedad o sobre sus seres más cercano ya que puede ser culpada ella misma por la situación por la que pasó y claramente esta situación va hacer sentir mal a la víctima. Según nos menciona la teoría consultada sobre la victimización terciaria “especie de “valor añadido” a las victimizaciones anteriores, que para mí no es más que la incomprensión y hasta el rechazo que la víctima sufre en su entorno familiar, laboral y en el de sus antiguas amistades”. (Bodero, sin fecha, p.79).
Por lo cual cómo podemos ver en la cita anterior tras que la víctima tiene que pasar por todo el proceso recibe críticas por parte de muchas personas las cuales en vez de hacer comentarios los cuales destruyan deberían brindar apoyo para que la víctima logre superar el proceso vivido y lo cual puede afectarla en muchos aspectos de su vida personal. Por ejemplo, si recibe críticas negativas por parte de sus compañeros de trabajo no se va sentir a gusto en su entorno laboral y por consiguiente no va realizar sus funciones de una manera correcta o por lo menos al 100% de su capacidad y lo cual en el peor de los casos la puede hacer ya sea perder su trabajo por despido o bien renunciar al mismo.
Mientras que el segundo término que
se tocará es el de la victimización carcelaria la cual desde mi punto de vista
no es muy conocida hoy en día por la población ya que por lo general las
personas privadas de libertad son marginadas por parte de la sociedad y el único
interés que existe es que cumplan su pena dentro del centro penitenciario sin
ver más allá. A manera de definición personal puedo decir que la victimización
carcelaria se da cuando el victimario comienza a descontar la pena impuesta por
el sistema penal en una celda de prisión ya que allí recibe malos tratos, mala
alimentación y por supuesto el conocido hacinamiento carcelario el cual hace
que baje su calidad de vida dentro del centro penitenciario. Según nos menciona
la teoría consultada al respecto sobre este tema la victimización carcelaria “no
es más que un proceso normal de victimización, idéntico al producido dentro de
la sociedad en sí, con la única particularidad de que queda reducido al ámbito
de los centros penitenciarios”. (Morillas, sin fecha).
Como podemos ver en la cita
anterior la victimización carcelaria es la que se presenta exclusivamente en
los centros penitenciarios y es cuando se ingresa a la cárcel que se comienza a
presentar. Se puede decir que el victimario tendría dos roles en ese momento,
el primero como victimario ya que fue demostrado por la ley de que cometió el
hecho delictivo por el que fue condenado y además sería víctima del sistema
penitenciario y de todas las situaciones tan lamentables que se viven dentro de
una cárcel que van desde el conocido hacinamiento carcelario, la mala
alimentación, daños psicológicos por parte de otros privados de libertad al
igual que daños físicos, los malos tratos por parte de los policías penitenciarios,
entre otros.
Después de analizar los conceptos tanto de la victimización terciaria
como de la victimización carcelaria se puede decir que en realidad si hay un error
de interpretación de los conceptos ya que ambos son totalmente diferentes, por
ejemplo, la victimización terciaria afecta a la persona que fue víctima de un
hecho delictivo mientras que la victimización carcelaria afecta a la persona
responsable de cometer el delito. En la victimización terciaria la sociedad (desde
familiares, amigos, compañeros de trabajo, vecinos) es la que aplica la
victimización mediante la crítica hacia la víctima mientras que en la
victimización carcelaria la victimización es aplicada tanto por los mismos reos
como por parte del personal de la policía penitenciaria y va desde malos tratos
mediante palabras hasta violencia por parte de los reos los cuales en muchas
ocasiones y dependiendo del tipo de delito (sobre todo de violación) brindan un
correctivo dentro de la celda para que el victimario aprenda y se lleve por así
decirlo un doble castigo. Por lo cual cómo podemos ver son conceptos totalmente
diferentes los cuales no deben confundirse.
Para ir finalizando me gustaría agregar
un video de youtube en el cual se da una muy buena explicación de lo que es la victimización
carcelaria y el cual nos puede dejar un panorama más claro de lo que es este
tipo de victimización.
Referencias bibliográficas
Bodero, E. (Sin fecha). Orígenes y
fundamentos principales de la victimología. Edmundo René Bodero. Recuperado el
21/02/2020 desde https://aprende.uned.ac.cr/pluginfile.php/837745/mod_folder/content/0/Origenes%20y%20fundamentos%20de%20la%20victimologia.pdf?forcedownload=1
Gamboa, C. (5 de enero de 2019). Costa Rica, prisiones y delincuencia. ElMundo.cr. [Imagen 1]. Recuperado el 21/02/2020 desde https://www.elmundo.cr/opinion/costa-rica-prisiones-y-delincuencia/
Morillas, D.
(Sin fecha). VICTIMIZACIÓN PENITENCIARIA. Universidad de Murcia. Recuperado de
21/02/2020 desde http://ojs.ual.es/ojs/index.php/RIDJ/article/view/1839/2430
Saludos que
pasen una buena noche, cualquier comentario en bienvenido.
Buenas Tardes compañero.
ResponderEliminarExcelente su blog, contiene información enriquecedora que nos amplia aun más el conocimiento adquirido sobre victimologia.
De mi parte como aporte me permiso adjuntarle que el concepto de victimización carcelaria que yo encontré indica que es ¨aquella en dónde el preso es víctima del sistema penal¨ (Garcia, 2016.). O descrito en otras palabras más simples la victimización carcelaria o como también se le conoce victimización penitenciaria es el tipo de victimización que el delincuente o victimario sufre ya estando dentro de un centro penal.
Un ejemplo de esto se puede mencionar con el caso reciente sucedido en nuestro país del hombre que realizaba videos pornográficos con su bebe de ocho meses y el cual una vez que llego a la cárcel Gerardo Rodríguez más conocida como Virilla, donde pagaría prisión preventiva mientras se realizan las investigaciones pertinentes y el debate posterior, fue agredido físicamente por otros privados de libertad que estaban en su contra por haberle hecho daño a un menor de edad indefenso.
En el siguiente enlace se puede observar la descripción completa de la noticia por si le interesa.
https://www.crhoy.com/nacionales/sospechoso-de-violar-a-bebe-recibe-golpiza-en-la-carcel/
Por último le expongo las manifestaciones más usuales de este tipo de victimización que son las siguientes:
Agresiones sexuales.
Hacinamiento: la capacidad de la celda es superada, es decir sobrepoblación.
Tratos vejatorios entre presos o de funcionarios a los reclusos.
Drogas.
Ley del terror: existencia de mafias dentro de la prisión.
Dudosa alimentación.